En la madrugada de este domingo, uniformados de la Policía Nacional desplegaron un contundente operativo de control en la glorieta del sector Brisas, sobre la vía nacional. La acción tuvo como propósito principal contrarrestar el consumo de bebidas embriagantes y sustancias estupefacientes en el espacio público.
Al finalizar la jornada nocturna, las autoridades reportaron la presencia de más de 160 personas aglomeradas en el lugar. Esta situación venía generando graves alteraciones a la tranquilidad y la convivencia de los habitantes de la zona.
Resultados del operativo y medidas correctivas
La intervención policial dejó un balance de 32 órdenes de comparendo por comportamientos contrarios a la convivencia ciudadana. Asimismo, se procedió con la inmovilización de cuatro motocicletas que no cumplían con la normativa vigente.
Desde el comando de Policía informaron que estos controles masivos se mantendrán vigentes:
«Estos operativos se realizarán todos los fines de semana en respuesta a las reiteradas quejas ciudadanas para garantizar la seguridad y el orden público en el sector».
¿Qué dice la ley sobre el consumo de licor en la calle?
El consumo de alcohol en vía pública en Colombia se rige por la Ley 1801 de 2016. Sin embargo, es vital entender las actualizaciones tras los fallos de la Corte Constitucional para evitar abusos o confusiones.
1. Multas y sanciones económicas
Consumir bebidas alcohólicas afectando la convivencia puede acarrear una Multa General Tipo 2. Para este 2026, el valor aproximado es de $196.720 COP (ajustado según el SMMLV/UVT vigente).
- Dato clave: La policía puede destruir el producto o exigir la participación en programas de convivencia.
- Descuento: Si pagas en los primeros 5 días hábiles y asistes al curso pedagógico, obtienes un 50% de descuento.
2. El fallo de la Corte (Sentencia C-223 de 2019)
La Corte Constitucional aclaró que la policía no puede multar solo por el acto de beber, a menos que dicho comportamiento afecte directamente la integridad de terceros o la tranquilidad pública. El enfoque actual es la protección de la convivencia, no la prohibición moral del consumo.
3. Zonas donde la restricción es absoluta
Pese al libre desarrollo de la personalidad, los alcaldes mantienen la facultad de prohibir el consumo en perímetros específicos:
- Instituciones educativas: Prohibido en un radio de 200 metros a la redonda.
- Parques y estadios: Zonas protegidas para el bienestar de menores de edad.
- Transporte público: Estaciones y vehículos de sistemas masivos.





