Dudas, molestia y sin claridad: más de 10 mil procesos disciplinarios ¿en riesgo de prescribir en Colombia?

Por @jalexiscv, Hace 2 años.

Al modificarse los términos de investigación, cuando en 2011 se introdujo la Caducidad, se complicaron los proceso porque “se dieron más plazos a las investigaciones”, ahora, el Código General Disciplinario podría dejar sin piso por lo menos 10 mil procesos disciplinarios.

Todo esto, se debe a que en julio del 2021 entra en vigencia la Ley 1952 de 2019. 

“Es la norma base para adelantar los procesos contra servidores públicos y algunos particulares que ejercen funciones públicas de manera permanente o transitoria”, pero el Instituto Colombiano de Derecho Disciplinario advirtió que esta ley podría traer más problemas que mejoras.

10 mil procesos disciplinarios que adelanta el Ministerio Público prescribirían por:

“Las decisiones que ya se han tomado por las administraciones anteriores no se afectan por la entrada en vigencia del Código”, aclaran unos expertos.

También cuestionan con lo que, ¿qué ha pasado con los casos casos corrupción en estos años? Señalan que una investigación por corrupción no tendría que durar más de un año.

Son 12.331 procesos actualmente, de esos están bajo investigación 8198 alcaldes, 3000 concejales, más de 600 gobernadores y más de 200 investigaciones entre diputados, ediles, representantes.

De esos casos, podrían que sin ningún tipo de sanción, castigo ni claridad para los ciudadanos: casos por corrupción con alimentación escolar, contratos de obras viales, elefantes blancos, plata de programas sociales, carteles de hemofilia, Reficar entre otras.

Políticos, directores, secretarios y muchos funcionarios más implicados, y que incurrieron en hechos delictivos, quedarían sin sanciones.

La impunidad se incrementaría en Colombia si en 20 días en efecto, 10 mil procesos de casos graves de corrupción terminan “en la caneca de la basura”.

Además, cuestionan lo gastado en funcionarios, investigaciones y todo el recursos público utilizado en proceso que no van a generar ninguna decisión.

El Código General Disciplinario, con 265 artículos, establece la “Transitoriedad, Vigencia y Derogatoria”.

ARTÍCULO 263. Transitoriedad. Los procesos disciplinarios en los que se haya proferido acto de apertura de investigación disciplinaria o de citación a audiencia al entrar en vigencia la presente ley continuarán tramitándose de conformidad con las ritualidades consagradas en el procedimiento anterior.

Las indagaciones preliminares que estén en curso al momento de entrada de la vigencia de la presente ley, se ajustarán al trámite previsto en este código.

Fue publicada el de 28 de enero de 2019, cuatro meses después entrarían en vigencia varios artículos, y 18 meses después, los demás “relativos al procedimiento reflejado en este código”.

Esta es la Ley y el Código que entrará en vigencia.

Así hablaron abogados sobre la delicada situación por el Código, en La W Radio este jueves:

Fuente: Tubarco(News)

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